Así, se ha aprobado en la Orden SND/385/2020, que ha sido publicada de forma extraordinaria el domingo 3 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Desde el 4 de mayo se permiten las obras en viviendas o locales vacíos siempre que se restrinjan al máximo las posibilidades de contacto.

En concreto, se permiten ahora las obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:

  • Se limite la circulación de los trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
  • El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas, se produzcan al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
  • Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

«Esta orden mantendrá su vigencia hasta la finalización del periodo de estado alarma y sus prórrogas o hasta que existan circunstancias de salud pública justifiquen la aprobación de una nueva orden que modifique los términos de la presente», según establece el Ministerio de Sanidad.

El sector de la reforma y rehabilitación es de gran importancia para la carpinteria de madera, un sector habituado a trabajar con medidas de protección.

Acceso a la Orden SND/385/2020