Se celebró el pasado 29 de abril con la participación de 59 empresas asociadas.
La Asociación Española del Comercio e Industria de la Madera (AEIM), en colaboración con AIDIMME, celebró el pasado 29 de abril un webinar técnico sobre los nuevos límites a las emisiones de formaldehído, en el marco del Reglamento REACH, que contó con la participación de 59 empresas asociadas.
La sesión fue impartida por Julián Moratalla, Responsable de Calidad del Aire Interior de AIDIMME, y permitió analizar un cambio normativo de gran impacto para fabricantes, importadores, distribuidores y almacenistas. A continuación ofrecemos un resumen de lo más destacado del webinar.
Nuevo marco REACH: límites y fundamento.
El Reglamento (UE) 2023/1464 modifica el Anexo XVII del Reglamento REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas), introduciendo una nueva restricción específica (entrada 77) sobre el formaldehído y las sustancias que lo liberan. Tal y como se recordó durante el webinar, esta evolución normativa está directamente vinculada a la clasificación del formaldehído como sustancia carcinógena, recogida en la normativa europea de clasificación, etiquetado y envasado (Reglamento CLP), tras su reclasificación previa por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC).
Se trata de una norma de aplicación directa en toda la Unión Europea, cuyo objetivo es limitar la exposición del público en interiores.
El reglamento establece límites estrictos de emisión en condiciones normalizadas de ensayo (aire interior):
0,062 mg/m³ (≈ 0,05 ppm) para tableros derivados de la madera, muebles y artículos de madera.
0,080 mg/m³ (≈ 0,065 ppm) para otros artículos
Estos valores representan niveles muy exigentes y suponen una reducción significativa respecto a referencias anteriores como la clase E1. La aplicación será obligatoria a partir del 6 de agosto de 2026, sin que exista un régimen transitorio posterior para los stocks.
Alcance del reglamento y relación con E1 y “E0,5”
Una de las principales novedades es que la obligación de cumplimiento se traslada al artículo final tal como se comercializa, y no únicamente a sus componentes. Esto implica que el producto final debe respetar los límites establecidos, incluyendo las emisiones procedentes de sustancias liberadoras de formaldehído.
Durante el webinar se aclaró la relación con las clasificaciones existentes. La clase E1 seguirá utilizándose como referencia técnica en normas armonizadas, pero no garantiza el cumplimiento del nuevo reglamento. Por su parte, la denominada “E0,5” no es una clase normativa oficial, sino una referencia de mercado que indica niveles de emisión más bajos, próximos a los nuevos límites.

Determinación de formaldehido en materiales. Foto: AIDIMME
Productos incluidos y excluidos
El reglamento afecta, en general, a cualquier artículo que pueda emitir formaldehído en interiores. Entre los productos incluidos destacan:
- Tableros derivados de la madera
- Mobiliario
- Suelos y revestimientos
- Elementos decorativos
- Textiles del hogar (alfombras, cortinas, tapizados); espumas; productos de cuero; papeles decorativos; materiales aislantes; juguetes; así como pinturas, barnices y adhesivos una vez incorporados al producto final.
Por el contrario, quedan excluidos del ámbito de aplicación:
- Productos destinados exclusivamente a uso exterior.
- Madera maciza sin adhesivos cuando las emisiones sean únicamente de origen natural.
- Artículos de uso industrial o profesional sin exposición al público.
- Materiales en contacto con alimentos.
- Productos sanitarios; ropa (textiles regulados por normativa específica).
- Artículos de segunda mano.
Implicaciones prácticas para importadores, distribuidores y almacenistas
El reglamento no establece un sistema único de certificación. No es obligatoria una certificación externa, siendo habitual la utilización de una declaración de conformidad apoyada en documentación técnica.
Durante el turno de preguntas se subrayó que no existe contradicción entre documentación y ensayos. Cuando se dispone de información fiable del proveedor, puede ser suficiente. Sin embargo, cuando existen dudas o el producto final introduce variaciones (mecanizados, ensamblajes o incorporación de materiales), puede ser necesario realizar ensayos. El nivel de exigencia dependerá del riesgo asumido por cada empresa y de las exigencias del mercado.
El reglamento refuerza de forma significativa el papel de los operadores comerciales. El importador es responsable legal del cumplimiento, incluso si el fabricante está fuera de la Unión Europea. En consecuencia, distribuidores y almacenistas deberán exigir y conservar la correspondiente documentación de conformidad REACH, reforzando la trazabilidad en toda la cadena de suministro.
Asimismo, se destacó que el cumplimiento no depende únicamente de las materias primas. Factores como el proceso productivo, el diseño del producto o los tratamientos aplicados pueden influir en las emisiones, por lo que en determinados casos será necesario evaluar el producto final completo.
Gestión de stocks
Uno de los aspectos que mayor preocupación genera es la gestión de stocks. A partir del 6 de agosto de 2026 no podrán comercializarse productos que no cumplan los límites establecidos, sin que exista una prórroga automática ni mecanismos de regularización posteriores.
Esto implica que el stock existente deberá ser revisado con antelación. En algunos casos, determinadas soluciones técnicas, como recubrimientos o acabados, pueden contribuir a reducir las emisiones, pero su eficacia deberá ser verificada antes de su comercialización.
Conclusión
El elevado número de participantes y el interés suscitado reflejan la importancia de este nuevo marco regulatorio para el sector de la madera.
El Reglamento REACH introduce límites más exigentes y un enfoque centrado en el producto final, lo que obligará a reforzar el control técnico, documental y de proveedores en toda la cadena de suministro.
Desde AEIM, en colaboración con AIDIMME, se continuará ofreciendo apoyo a las empresas asociadas para facilitar su adaptación a esta normativa, especialmente a distribuidores, importadores y almacenistas, que desempeñan un papel clave en su aplicación práctica.
AEIM es la organización de referencia del sector de la madera en España, que agrupa a las principales empresas del comercio e industria de la madera.
AIDIMME es el instituto tecnológico de referencia para la industria de la madera y el mueble en España, especializado en investigación, desarrollo y servicios técnicos avanzados para el sector.


