Mediante la Orden Ministerial SND 440 publicada en el BOE el pasado 23 de mayo, se permiten las obras a partir del día 25 de mayo de 2020 en edificios habitados, garantizando en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad.

En concreto en dicha Orden Ministerial se  introduce una nueva disposición adicional quinta con la siguiente redacción: «Disposición adicional quinta. Condiciones para el desarrollo de actividades relacionadas con obras de intervención en edificios.

  • Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
  • En la realización de las obras a que se refiere el apartado anterior se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad entre personas de dos metros.»